Derecho Educativo Hondureño
La educación como derecho social tiene dos dimensiones, como derecho propiamente y como servicio público. Se refiere a la eficacia y la efectividad propiamente. La eficacia dice respecto de las condiciones ideales del cumplimiento de la finalidad, que tipo de educación se requiere para desarrollar a la persona: En definitiva, aquella que corresponda al paradigma actual, posmoderno. La efectividad dice respecto al cumplimento de la norma, a la medida en que esta incide en la realidad social, que produce sus efectos. Ya la eficiencia dice a la relación entre los recursos y resultados, la optimización de estos. Materializándose estos últimos mediante el servicio público prestado por la administración pública.
La eficacia de los servicios públicos que garantizan derechos fundamentales depende la interrelación, interdisciplinariedad de los paradigmas sociales, administrativos y jurídicos actuales; La relacionalidad del gobierno, el abordaje multisistémico del derecho, del diálogo de las fuentes y el garantismo de los derechos fundamentales. La efectividad y eficiencia del derecho a la educación se ve influenciada por los reflejos jurídicos del estadio social en que se aplica, a la vez que se guía por el conocimiento del derecho administrativo y público. La aplicación del derecho educativo requiere un abordaje sistémico-estructural-funcional de la normativa educativa a la luz de la lógica del sistema jurídico. Identificar las normas y las formas en que estas interactúan para la consecución de su finalidad.